“NORMAS
REGULADORAS PARA LA EXPLOTACIÓN DE DOS BARRAS PARA LA FERIA DE TURRE
(ALMERÍA), DURANTE EL PERÍODO DE LA FERIA DE OCTUBRE DE 2013.
1.-
OBJETO.-
Las
presentes normas reguladoras tienen por objeto las condiciones que
definan la autorización e instalación y ubicación de Dos Barras
para Venta de Bebida y Comida durante la feria de Turre, en Octubre
de 2013, en los siguientes términos:
NÚMERO
DE BARRAS: DOS (Todo
ello según plano adjunto).
1.-
Situada en la Plaza de la Constitución.
2.-
Situada en la Plaza de la Constitución.
Las
barras de bar, al estar instaladas sobre terrenos Municipales según
plano adjunto, tienen que ajustarse a los criterios sobre uso y
explotación que se señalen por el Ayuntamiento, titular de dichos
terrenos, con el objetivo fundamental de contribuir al realce y
esplendor de la Feria de Turre.
Los
licitantes se comprometen a instalar la barra y las mesas en el
espacio máximo de 8 x 6m (3 módulos por 4 módulos) habilitado
para ello, así como dar servicios de tapas al mediodía y primeras
horas de la noche, así como instalar un mínimo de 10 mesas y 40
sillas en el lugar asignado a cada barra.
Deberán
estar las barras instaladas antes del día 3 de octubre de 2013.
Las
carpas y otros elementos similares que se instalen serán por cuenta
de los licitantes.
Los
materiales empleados deberán tener el visto bueno del Área de
Festejos Municipal.
Las
instalaciones serán total y fácilmente desmontables.
Dichas
instalaciones deberán conservarse en perfectas condiciones durante
todo el plazo de autorización.
2.-
RÉGIMEN JURÍDICO.-
La
normativa aplicable para el otorgamiento de las explotaciones objeto
de estas normas será la recogida en los siguientes:
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las AA.PP.
- Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las EELL de Andalucía.
- Decreto 18/2006, de 24 de enero, del Reglamento de Bienes de las EE.LL de Andalucía.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
3.-
PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES.-
El
otorgamiento de las autorizaciones a terceros para la explotación de
las Barras de Bebida y Comida se realizará en régimen de
concurrencia, mediante procedimiento abierto, iniciándose mediante
convocatoria pública en los medios de difusión local.
4.-
PLAZO DE VIGENCIA DE LA EXPLOTACION.-
Las
explotaciones se autorizarán para la feria de octubre de 2013,
siendo la fecha de inicio el día 3 de octubre y finalizando la misma
el 6 de octubre, ambos de 2013.
5.-
ÓRGANO COMPETENTE.-
Será
el Alcalde- Presidente de la Corporación, pudiendo delegarse en la
Junta de Gobierno Local.
6.-
INSTALACIONES A REALIZAR POR EL ENCARGADO DE LA EXPLOTACIÓN.
Se
deberá atender a lo establecido en las presentes Normas, así como a
las Instrucciones otorgadas por la Concejalía delegada de Área.
7.-
SOLICITANTES.-
Podrán
participar en esta convocatoria las personas naturales o jurídicas,
españolas o extranjeras, con capacidad jurídica y de obrar, que no
se encuentren incursas en ninguno de los supuestos de prohibición de
contratar previstos en el TRLCSP y resto de normativa de aplicación.
Para
comprobar el cumplimiento de estos requisitos se deberá presentar a
los Servicios Municipales, una Declaración Responsable según Anexo,
sin perjuicio de que, en cualquier momento, pueda solicitarse la
documentación acreditativa correspondiente.
Se
deberá explotar por sí mismo y directamente la actividad
autorizada, sin posibilidad de cesión a terceros.
No
obstante, y para favorecer la libre competencia así como la
concurrencia pública, todo interesado podrá presentar oferta para
las dos Barras, no pudiendo, sin embargo, ser adjudicatario de las
dos Barras conjuntamente. De modo que, en caso de que su oferta sea
la más ventajosa en ambas licitaciones, se notificará al interesado
a los efectos de que opte entre la adjudicación de una u otra Barra.
8.-
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO/AUTORIZADO.-
-
Realizar por su cuenta la instalación de que se trate, de
conformidad con las Instrucciones impartidas por la Concejala
Delegada de Área.
-
No realizar construcción de obras de fábrica u otras obras fijas
dentro de la zona de domino público, debiendo ser las instalaciones
desmontables.
-
En el caso de instalar caseta para venta de tickets en el exterior de
la barra, ésta se colocará donde el Ayuntamiento indique.
-
Realizar las conducciones de los servicios, o conexión a las redes
generales, en su caso, con instalaciones desmontables.
-
Responder por los daños y perjuicios que se ocasionen a terceros
así como a los bienes de dominio público terrestre, derivados de la
explotación de la Barra. Para ello deberán disponer de un seguro de
responsabilidad civil en vigor, por un importe mínimo de 50.000
euros.
-
Mantener en buen estado de conservación el espacio de dominio
público utilizado, en condiciones adecuadas de higiene, salubridad y
ornato público.
-
Explotar de manera directa la concesión. No obstante, en caso de
enfermedad o ausencia justificada del Encargado podrá ser ejercida
dicha actividad por familiares.
-
Estar dado de alta en el epígrafe del IAE correspondiente.
-
Abonar todos los tributos y gastos derivados de la explotación
autorizada.
-
Facilitar a los Servicios Municipales su labor de vigilancia en el
cumplimiento por parte de los encargados de la Explotación, de las
condiciones de la misma. Debiendo poner a su disposición cuantos
datos y documentos sean requeridos para ello.
-
El adjudicatario deberá ingresar en la Tesorería Municipal una
fianza por importe de 300 euros, para responder de posibles daños
ocasionados en el dominio público, con motivo de instalación,
desinstalación, así como su mantenimiento durante el plazo de
autorización.
-
Esta autorización no exime de cuantas otras sean procedentes, de
conformidad con la normativa aplicable, en particular, de la
solicitud y abono de la correspondiente Tasa por Licencia de Apertura
y/o Utilización.
9.-
FIANZAS Y DEPÓSITOS.-
Previamente
al inicio de la explotación se deberá constituir en la Tesorería
Municipal una Fianza de 300,00 € (trescientos euros), para
responder de posibles incumplimientos en la autorización, así como
de los posibles daños causados.
10.-
RÉGIMEN ECONOMICO DE LA AUTORIZACION.-
El
adjudicatario está obligado expresamente al pago de los gastos de
conservación y mantenimiento, impuestos y tasas y demás tributos
que se devenguen como consecuencia de la autorización.
Tasa
de Luz y Agua por importe de 200,00 €.
El
precio fijado como base para la contratación de la instalación y
explotación de las barras es de 2.500,00 €.
Los
precios máximos que podrán exigirse por la venta de bebidas serán
los siguientes:
- Agua ……………………………………………. 1,00 €
- Cerveza, refrescos y vinos con tapa ………..….. 2,00 €
- Combinados o cubalibres ……………………… 4,00 €
- Licores ……………………………………….…. 2,50 €
- En el caso de incumplimiento de los precios establecidos este Ayuntamiento podrá anular la concesión de la explotación de la barra sin dar indemnización alguna.
11.-
CAUSAS DE MODIFICACION Y EXTINCIÓN.-
Las
autorizaciones podrán ser objeto de modificación en los siguientes
supuestos:
- Cuando se modifiquen los supuestos determinantes de su otorgamiento.
- En casos de fuerza mayor.
- Cuando así lo exija su adecuación a los planes correspondientes.
- En las demás establecidas en la normativa de contratación.
Las
autorizaciones se extinguirán por las siguientes causas:
- Alteración de los usos autorizados.
- El incumplimiento de las condiciones de la autorización.
- Incurrir en cualquier supuesto de prohibición.
- Incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas por la normativa de aplicación.
Las
autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente por la
Administración en cualquier momento, sin derecho a indemnización,
cuando resulten incompatibles con la normativa aprobada con
posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su
utilización para actividades de mayor interés público o menoscaben
el uso público.
Extinguida
la autorización el adjudicatario estará obligado a retirar fuera
del dominio público y su zona de servidumbre, las instalaciones
correspondientes, en el plazo máximo de cinco días, así como a
restaurar la realidad física alterada.
De
no llevarse a cabo esta retirada, el Ayuntamiento de Turre procederá
a su ejecución subsidiaria, aplicando para ello la garantía
constituida por el adjudicatario. En caso de ser insuficiente se
requerirá al tercero para que en un plazo de 10 días proceda al
abono de la diferencia. En caso de incumplimiento de este plazo, se
procederá por vía de apremio.
12.-
EXPOSICION DEL EXPEDIENTE.-
El
Expediente estará puesto de manifiesto y expuesto al público en el
Excmo. Ayuntamiento de Turre, Dependencias municipales de Festejos,
sitas en Paseo de la Rambla 44, 04639, de Turre, en horario de
atención al público (9.00 horas a 14.00 horas). Asimismo se
publicará en la página web de la Corporación: www.
Podrá
ser consultado por cualquier interesado, pudiendo obtener copias de
estas Normas Reguladoras, así como cuantos anexos formen parte del
expediente.
13.-
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. FORMA Y CONTENIDO DE LOS SOBRES.-
La
documentación se presentará en originales o copias compulsadas,
dentro de sobres cerrados, identificados en su exterior con el
nombre, DNI o CIF, dirección y teléfono del solicitante y con la
siguiente inscripción: “Documentación para tomar parte en la
Autorización/ Concesión de Barra de Bar para la Feria de Octubre de
2013, en Turre”.
En
el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su
contenido, enunciado numéricamente.
La
presentación de solicitud de participación supondrá la aceptación
incondicionada de la totalidad de las estas Cláusulas, sin salvedad
alguna.
Las
ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen
tal carácter hasta el momento en que deba procederse a su apertura
pública.
Toda
la documentación deberá presentarse en original o copia compulsada.
Cada
solicitante no podrá presentar más de una proposición.
EL
SOBRE Nº 1.
Contendrá, la siguiente documentación:
1º) Documentos acreditativos
de la personalidad jurídica:
En
caso de empresarios individuales, copia auténtica del DNI, en caso
de españoles; documentos acreditativo de su personalidad, en caso de
miembros de un país de la Unión Europea; o pasaporte, autorización
de residencia y permiso de trabajo, en caso de extranjeros de Estados
no pertenecientes a la Unión Europea.
En
caso de empresarios personas jurídicas, la escritura o los
documentos en que conste la constitución de la entidad y los
estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro
Mercantil o en el que corresponda.
La
capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean
nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará
por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la
legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la
presentación de una declaración jurada o un certificado, en los
términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las
disposiciones comunitarias de aplicación.
Los
demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de
obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en
el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito
territorial radique el domicilio de la empresa.
También
deberá incluirse una copia del CIF de la empresa.
2º)
Documentos acreditativos de la representación:
Cuando
la solicitud y, en su caso, la proposición no aparezca firmada por
los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien
o quienes suscriban la proposición, debidamente bastanteado, junto
con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o
los apoderados.
3º)
Documento acreditativo de no estar incurso en ninguna prohibición,
de conformidad con lo establecido anteriormente (Declaración
Responsable), según Anexo.
4º)
Nombre de persona de Contacto, Domicilio a efectos de notificaciones,
teléfono de contacto, número de fax y correo electrónico.
5º)
Carnet de Manipulador de alimentos o documento equivalente.
- SOBRE Nº 2. “CRITERIOS OBJETIVOS”: Contendrá la siguiente documentación:
- Oferta Económica, de conformidad con el siguiente Modelo:
“MODELO
DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña...................................................................,
con DNI número........................., mayor de edad, y con
domicilio a efectos de notificaciones en …………………………………….,
en plena posesión de la capacidad jurídica y de obrar, en nombre
(propio) o (de la empresa que
representa)............................................ con
CIF/NIF............................. y domicilio fiscal
en.....................................……………,
calle..................................................................
.................número.....................;
y conforme con las condiciones, requisitos y obligaciones exigidas,
Se
compromete participar en la CONVOCATORIA PARA LA AUTORIZACIÓN/
CONCESIÓN DE UNA BARRA DE BAR PARA LA FERIA DE TURRE EN OCTUBRE DE
2012, con estricta sujeción a las Normas Reguladoras, las cuales
acepta incondicionalmente, comprometiéndose a asumir todas las
obligaciones inherentes a la adjudicación;
Por
un precio de ...................................... Euros (importe en
número),
Lugar,
Fecha y firma.”
-
La Declaración de Peticionario Inicial, en su caso.
14.-
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓNES.
PLAZO:
El plazo para la presentación de las Proposiciones por los
interesados estará abierto desde el 26 de agosto hasta las trece
horas del día 12 de septiembre de 2013.
HORARIO:
El horario para la presentación de las ofertas será el de Oficina:
de 9.00 horas a 14.00 horas.
LUGAR:
Los sobres se presentarán en la siguiente dirección:
Ayuntamiento
de Turre.
En
atención al Área de Festejos.
Paseo
de la Rambla, 44
04639,
Turre (Almería).
15.
APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LAS OFERTAS.
Una
vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, el
Alcalde- Presidente o Concejal Delegada de Área, en caso de
delegación, procederá a la apertura de los Sobres núm.- 1
“Documentación Administrativa”, en el Salón de Plenos a las
13:30 horas del día 13 de Septiembre de 2013.
Si
se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación
presentada, se comunicará verbalmente a los interesados, por
teléfono, fax o correo electrónico, concediéndose un plazo no
superior a tres días hábiles para que los subsanen.
Una
vez calificada la documentación administrativa y subsanados, en su
caso, los defectos u omisiones advertidos, se declararán los
admitidos, los rechazados y de las causas de su rechazo.
Posteriormente,
se procederá a la apertura, y evaluación de los Sobres núm.- 2.
En
el expediente deberá dejarse constancia de las actuaciones
realizadas mediante la correspondiente Acta que deberá extenderse.
16.-
PROPUESTA Y
ADJUDICACIÓN.
El
Alcalde-Presidente o Concejal Delegado, en su caso, clasificará, por
orden decreciente, las proposiciones presentadas y admitidas.
Antes
de proceder a la adjudicación, se requerirá al solicitante
Propuesto para que, dentro del plazo de cinco días hábiles,
presente la siguiente documentación:
- Certificación positiva de
hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
- Certificación positiva,
expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de
esta Comunidad.
- Certificación positiva y
justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria
en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que
no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas
en período voluntario, del Excmo. Ayuntamiento de Turre
- Impuesto sobre Actividades
Económicas. Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre
Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo,
aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio,
a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse
dado de baja en la matrícula, en caso de personas jurídicas.
- Alta
en el régimen especial de trabajadores por cuanta propia o autónomo,
en caso de persona física.
- Cuando el adjudicatario
propuesta sea una persona jurídica, deberá presentar: contrato de
trabajo y alta en la SS del empleado que vaya a estar al frente de la
explotación; copia de su DNI y copia de su Carné de Manipulador de
Alimentos, en su caso.
- Documentación justificativa
de haber constituido las garantías procedentes.
- Copia de la Póliza de Seguro
de Responsabilidad Civil General, por un importe mínimo de 50.000
euros, y resguardo acreditativo de estar al corriente en su pago.
Los
correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios
electrónicos, informáticos o telemáticos.
En
caso de que alguna de esta documentación obrase ya en poder de la
Administración, así se pondrá de manifiesto por el interesado,
entendiéndose ya presentada.
De
no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo
señalado, se entenderá retirada su oferta, procediéndose en ese
caso a recabar la misma documentación al interesado siguiente, por
el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La
adjudicación se realizará por el Alcalde- Presidente, debiendo ser
motivada, y se notificará a los candidatos interesados por
cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su
recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por
correo electrónico a la dirección designada al presentar sus
proposiciones, en los términos establecidos en el artículo
28 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los
ciudadanos a los Servicios Públicos.
Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con
los efectos previstos en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
será de cinco días.
Las
autorizaciones no implicarán cesión del dominio público, ni de las
facultades demaniales del Ayuntamiento, concediéndose las mismas
salvo el derecho de particulares y sin perjuicio de terceros.
17.-
RESPONSABILIDADES.-
La
ejecución y la explotación de la Barra se llevará a cabo bajo el
exclusivo riesgo y responsabilidad del tercero encargado de la
explotación.
18.-
RÉGIMEN SANCIONADOR.-
Se
regirá por lo dispuesto, con carácter general en la normativa de
Bienes y de Contratación Local.
19.-
JURISDICCIÓN.
Para
la resolución e interpretación de cualquier controversia que
pudiera surgir en el cumplimiento de la presente convocatoria, serán
resueltas por el Alcalde- Presidente.
Los
acuerdos adoptados para su resolución, una vez finalizada la vía
administrativa, podrán ser impugnados ante la Jurisdicción
contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en su
normativa de aplicación.
ANEXO:
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE.
D./Dña...................................................................,con
DNI número........................., mayor de edad, y con domicilio
a efectos de notificaciones en …………………………………….,
en plena posesión de la capacidad jurídica y de obrar, en nombre
(propio) o (de la empresa que
representa)............................................ con
CIF/NIF............................. y domicilio fiscal
en.....................................……………,
calle.................................................................................número.....................;
DECLARA
RESPONSABLEMENTE:
Que
la empresa a la que representa, sus administradores y representantes,
así como el firmante, no están incursos en ninguna de las
prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos
y condiciones previstos en el mismo.
Asimismo,
declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento
de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas
por las disposiciones vigentes, comprometiéndose a aportar esta
documentación justificativa cuando me sea requerida.
Asimismo,
declara que conoce y acepta incondicionalmente las Normas
Reguladoras, y que cumple todos los requisitos previstos en las
mismas para ser adjudicatario de la presente licitación.
Lugar,
Fecha y firma.
[+info] Ayuntamiento de Turre. Tel.- 950.47.90.11 / 15
Prensa Turre