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martes, 25 de agosto de 2009

“BASES REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DE LA INSTALACION Y USO DE DOS BARRAS DE BAR EN LA PLAZA DE LA CONSTITUCION DURANTE LAS FIESTAS LOCALES 2009

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BASES REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DE LA INSTALACION Y USO DE DOS BARRAS DE BAR EN LA PLAZA DE LA CONSTITUCION DURANTE LAS FIESTAS LOCALES”.

Artículo1º. - Objeto.

La instalación y explotación de dos barras de bar con motivo de la feria del municipio, durante los días del 1 al 4 de Octubre de 2009, debiendo ajustarse a las siguientes condiciones, complementando las determinaciones de cualesquiera otra Ordenanzas Municipales que les fueran de aplicación.

Artículo 2º. –Propósito.

La presente regulación se encamina a desarrollar y conseguir una clasificación reglamentaria respecto al otorgamiento de licencia para la ocupación temporal de vía pública mediante la instalación de dos barras de bar durante las Fiestas Locales.

Artículo 3º. –Objetivos.

Las barras de bar, al estar instaladas sobre terrenos Municipales según plano adjunto, tienen que ajustarse a los criterios sobre uso y explotación que se señalen por el Ayuntamiento, titular de dichos terrenos, con el objetivo fundamental de contribuir al realce y esplendor de la Feria de Turre.

Los licitantes se comprometen a instalar la barra y las mesas en el espacio máximo de 8x6m (3modulos por 4modulos) habilitado para ello, así como dar servicios de tapas al mediodía y primeras horas de la noche, así como instalar un mínimo de 10 mesas y 40 sillas en el lugar asignado a cada barra.

Deberán estar las barras instaladas antes del día 1 de Octubre de 2009.

Artículo 4º. –Solicitud de Contratación.

Todas las personas físicas o jurídicas interesadas en contratar la instalación y explotación de las barras de bar, deberán solicitarlo por escrito al Ayuntamiento, mediante instancia en la que se hará constar:

-Nombre y apellidos, DNI, domicilio y teléfono de solicitante.

-Entidad a la que representa y confirmación de su personalidad jurídica en el caso de personas jurídicas.

-Declaración jurada en la que se haga constar que la explotación se hará por el peticionario y aceptando las normas que rigen el otorgamiento de licencia.

-Declaración jurada en la que se haga constar que no esta incurso en ninguna de las causas de incapacidad para contratar con la Administración de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

-Documentación acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al ejercicio de la actividad en el Municipio de Turre.

-Certificado de estar al corriente en Hacienda, Seguridad Social, demás impuestos y tasas municipales.

Artículo 5º. –Concesión de la licencia.

El alcalde decidirá el otorgamiento de las licencias para la instalación y explotación de las barras.

La titularidad de dichas licencias será por una sola vez y durante el período de celebración de la Feria, cesando la misma con su liquidación.

Las licencias concedidas son intransferibles, por lo que sus titulares vienen obligados a ejercer directamente la actividad sin poder traspasarla o cederla.

Para el otorgamiento de licencia será necesario estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y depositar la totalidad del canon en el plazo señalado.

Articulo 6º. –Selección de Contratista.

La selección se realizará mediante la presentación de plicas al alza, con sujeción a las siguientes bases, a la Ley de contratos de las Administraciones Públicas y demás preceptos de aplicación.

El precio fijado como base para la contratación de la instalación y explotación de las barras es de 2.500,00 €.

El mismo solicitante podrá solicitar su solicitud a ambas barras, aunque sólo podrá tener la concesión de una de ellas.

Artículo 7º. –Plazo para la presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes en el Ayuntamiento estará abierto desde el día 25 de Agosto, hasta las trece horas del día 18 de Septiembre de 2009, ambos inclusive.

Otorgada la licencia, el adjudicatario dispondrá de cinco días para ingresar en las arcas municipales el precio de la misma.

Artículo 8º. –Apertura de plicas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se procederá por el Sr. Alcalde asistido del Secretario de la Corporación a la apertura de plicas en acto público en el Salón de Plenos a las 13:30 horas del día 18 de Septiembre de 2009.

En el supuesto de que no existan solicitudes para la contratación de la instalación y explotación de las barras o no se cubra el precio mínimo de explotación, será instalada y explotada por el propio Ayuntamiento o por quien este designe.

Artículo 9º. –Precios Máximos.

Los precios máximos que podrán exigirse por la venta de bebidas serán los siguientes:

  • Agua ……………………………………………. 1,00 €

  • Cerveza, refrescos y vinos con tapa ……….. 1,50 €

  • Combinados o cubalibres …………………… 4,00 €

  • Licores …………………………………………. 2,50 €

- En el caso de incumplimiento de los precios establecidos este Ayuntamiento podrá anular la concesión de la explotación de la barra sin dar indemnización alguna.




*Plano de la ubicación de las Barras en la Plaza de la Constitución de Turre.

Modelos de Solicitud para Barra A y Barra B.


Ayuntamiento de Turre
Concejalía de Festejos

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